Acuerdo de Universidades para la aplicación de la ley de prevención de riesgos laborales

General

12 enero 2012

Las disposiciones que conforman el marco normativo en Prevención de Riesgos Laborales tienen vocación de universalidad e integración, lo que en el ámbito de la Universidad supone considerar la protección frente a los riesgos laborales como una actuación única, indiferenciada y coordinada a la propia de la Universidad, extendiéndose a toda la Comunidad Universitaria.

La especial naturaleza de la Institución Universitaria, hace recomendable el establecimiento de unos criterios homogéneos que permitan adaptar las exigencias normativas generales en esta materia a la organización y a las peculiaridades científicas, docentes e investigadoras de la Universidad misma.

Por este motivo se ha procedido a plasmar en un acuerdo las necesarias aclaraciones y adapataciones de la legislación general al entorno universitário, el cual esta disponible en el siguiente enlace.

Acuerdo de Universidades para la aplicación de la ley de prevención de riesgos laborales..

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